Derecho de familia - ESD99 - El Sol Digital
Derecho de familia – ESD99

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Despacho Benítez Piaya

  • Estuve casada con una persona con la que ahora quisiera volver, no tenemos hijos, solo estoy separada, ¿qué debo hacer?
    Si solo está separada (y no divorciada) únicamente deben presentar un escrito ambas partes solicitando la reconciliación, y deben hacerlo en el juzgado que dictó la sentencia de separación.
    Debe tener en cuenta que tras la reconciliación reiniciarán su convivencia matrimonial en régimen de separación de bienes. Si quisieran estar en régimen de gananciales, deben ir al notario a otorgar capitulaciones.

  • Si mi ex marido no me paga la pensión establecida por causa de la pérdida de su trabajo, ¿si lo reclamo tengo posibilidades de cobrar o es una causa objetiva que no puedo vencer?
    Usted tiene derecho a reclamar esos atrasos aunque la situación económica de su ex marido sea distinta. Hasta que él no presente una modificación de las medidas y el juez acuerde una reducción o extinción, debe cumplirse con la obligación.
    Otra cosa es que pueda hacer efectivo el pago si no tiene donde embargarle, aunque debe tener  cuenta que se pueden embargar las ayudas, los inmuebles, el paro, etc.
    Debe tener en cuenta igualmente que las deudas prescriben a los cinco años, así que interesa, antes de que pasen esos cinco años, iniciar la reclamación por si en un futuro el obligado al pago viene a mejor fortuna.

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