Tras la noticia de la reunión mantenida la semana pasada entre el presidente del Gobierno Mariano Rajoy con el autodenominado colectivo de ‘Las Kellys’, la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) ha hecho públicas algunas consideraciones:
El colectivo laboral de las camareras de pisos que trabajan en los establecimientos de hospedaje, que supone en torno al 25 por 100 de la plantilla de un centro laboral de este sector, es en la actualidad una función profesional reconocida en los convenios colectivos de hostelería de España al mismo nivel que el de camarero de comedor o bar, cocinero, etc. Asimismo, el quinto acuerdo laboral de ámbito estatal para el sector de hostelería vigente desde el año 1995 y renovado permanentemente, está suscrito junto con UGT y CC.OO. por la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) y la Federación Española de Hostelería (FEHR), y regula la clasificación de las camareras de pisos en el grupo profesional segundo, junto con recepcionistas, conserjes, cocineros y camareros, reconociendo así para todo el territorio del Estado esta función profesional de forma cualificada. También el capítulo décimo regula la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la no discriminación en las relaciones laborales, estableciendo el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre ambos sexos en el ámbito laboral del sector de Hostelería, garantizando, en los términos previstos en la normativa aplicable, el acceso al empleo, la formación profesional, la promoción profesional, las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido.
CEHAT también explica que estos puestos de trabajo, camareras de pisos, son tradicionalmente ocupado en su mayoría por mujeres, al igual que en muchos otros países, trabajando en la inmensa mayoría de los casos en régimen de jornada continuada, normalmente matinal (excepcionalmente de noche y régimen de guardia por las tardes), lo contrario que sucede con otras áreas funcionales (comedor, cocina, recepción, mantenimiento…), cinco días a la semana, a tiempo completo y a razón de 40 horas semanales, en las que se computa un descanso diario medio de treinta minutos, que suele destinarse a comer, manutención que es asumida y sufragada por la empresa, lo que deja la jornada de trabajo efectivo en torno a las 37 horas y media semanales. Es tradición y costumbre que la ropa de trabajo sea facilitada o costeada por el empresario, y en la mayoría de los casos su mantenimiento.
El salario base medio mensual en un establecimiento de 3 estrellas ronda los 1.560 euros brutos. Las cargas de trabajo y rendimiento suelen ser muy similares en todos los establecimientos de hospedaje, distribuidas en base a métodos consuetudinarios.
Forma parte de la gestión diaria y permanente en los establecimientos de alojamiento la prevención de riesgos laborales, directamente y a través de los comités de salud laboral, con participación de los representantes legales de los trabajadores, el mejorar los procedimientos y distribución de las cargas de trabajo, mejorando medios, impartiendo formación, etc.
En la mayoría de convenios colectivos de los principales destinos turísticos y ciudades españolas, donde están trabajando la mayoría de este colectivo de pisos, está regulada la externalización productiva desde hace muchos años, siendo muy extendido el compromiso de los mismos de que el personal de pisos externo sea remunerado en igualdad de condiciones que el interno. Por tanto, la externalización no significa condiciones abusivas ni explotación de los trabajadores. El Tribunal Supremo ha declarado en varias ocasiones la viabilidad de la externalización productiva en establecimientos de hospedaje, pero aun así, la mayoría de este personal forma parte de la estructura de plantilla del centro de trabajo. Incluso en la propia Ley de empresas de trabajo temporal se determina que los trabajadores puestos a disposición de un establecimiento de hospedaje han de tener las mismas condiciones que los trabajadores de la empresa de destino, particularmente la jornada de trabajo y la retribución.
También explican los hoteleros que el sector español no ha destruido empleo en los años de la crisis, sino que ha sido permanentemente una fuente de empleo estable para los colectivos con problemas de inserción, como son los jóvenes en su primer empleo y personas sin formación.
CEHAT añade: “No podemos aceptar que se diga que existe precariedad en el empleo, lo que sí existe es estacionalidad ya que hay un 40 por ciento de hoteles que cierra más de cinco meses al año y esa eliminación de empleo fuera de temporada le ocurre a todos los demás colectivos del sector turístico, trabajen o no en los establecimientos de hospedaje”. Para el sector hotelero urbano es fundamental poder externalizar parte de sus servicios, debido a la fluctuación de la actividad económica y la evolución de la demanda por la que se ven influidos estos destinos.
Asimismo, el comunicado de la patronal hotelera reivindica que este es el sector que más permite la conciliación laboral con la vida familiar y con los estudios, por lo que es demandado por muchas personas con cargas familiares o jóvenes.
En cuanto a las reivindicaciones vigentes de ampliar el catálogo de enfermedades profesionales, y regular una jubilación anticipada, las organizaciones empresariales de hospedaje tanto en el ámbito estatal como en ámbitos geográficos inferiores, participan junto los poderes públicos en apoyar tales medidas, ambas de competencia pública, habiéndose dado avances en estas materias.
Por todo lo anterior, CEHAT reafirma su compromiso con todos los trabajadores que forman parte de la gestión diaria de un establecimiento de hospedaje y es contraria a cualquier abuso que se produzca ante el colectivo de camareras de piso o cualquier otro. Asimismo, rechaza cualquier convenio fraudulento que cambie las condiciones laborales por debajo de lo pactado en los convenios provinciales de hostelería