No debe olvidarse, por lo que pueda tener de orientador de cara al presente y próximo futuro, que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid denegó la ratificación de las medidas acordadas en el apartado tercero de la Orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se establecieron medidas de confinamiento en determinados municipios de la región en ejecución de la Orden del ministro de Sanidad Salvador Illa. La Sala concluyó que la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, y en concreto su artículo 65, “no contiene una habilitación legal para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamentales”.