- Posiblemente, en un mes pierda el puesto de trabajo en mi empresa y pase a cobrar el paro, ¿la pensión de manutención a mi hija disminuirá de forma proporcional adaptándose a mis nuevas percepciones?
- Los alimentos a los hijos se abonan de forma proporcional a los ingresos de los progenitores y las necesidades de los mismos; pero para reducir la cantidad si efectivamente han variado las circunstancias debe usted plantear un proceso de modificación de medidas para que el mismo el Tribunal valore la nueva situación. No puede reducir la cantidad de formas unilateral.
- Si mi hijo vive con mis padres, que son los que pagan su alimentación, vivienda, colegio y otros gastos, ¿yo he pasarle a mi ex alguna clase de sustento económico aunque ella trabaje?
- Si su hijo convive con sus padres de forma habitual no debe abonar pensión alimenticia a la madre por ese concepto. Desconozco si existe una sentencia anterior por la que usted debe abonar pensión a la madre; en este caso, si su hijo se ha marchado posteriormente con los abuelos, debe iniciar un proceso de modificación de medidas para extinguir esa obligación.