Derecho de familia. Soledad Benítez-Piaya. Abogada – ESD243 - El Sol Digital
Derecho de familia. Soledad Benítez-Piaya. Abogada – ESD243

Derecho de familia. Soledad Benítez-Piaya. Abogada – ESD243

  • Los álbumes de fotos que teníamos en común mi ex y yo ¿quién se los queda tras la separación?
  • La respuesta quizás es demasiado práctica y nada jurídica, pero yo diría que si no existe voluntad de compartirlos o de hacer copias, se lo llevará aquel que los haya cogido antes. No hay cauce procesal para dar solución a este tema.
  • ¿Los perros dan derecho al pago de una cantidad por parte de quien abandona el domicilio tras una separación?
  • En este caso, y entiendo que no hay posibilidad de acuerdo, lo primero que debemos tener en cuenta es que el Código Civil en su artículo 333, considera que las mascotas tienen naturaleza de bienes muebles y, por tanto, pueden ser reclamados en propiedad por cualquiera de los dos miembros de la pareja o ser compartidos por ambos dependiendo de quién es el dueño.   Si uno de los dueños se marcha, no da opción al que se lo queda de pedir una cantidad para su mantenimiento en el proceso de separación o divorcio, otra cosa es en un proceso ordinario y por otra vía.

  El tema de las mascotas en los procesos de ruptura es cada vez más normal y, de hecho, existe una reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia de     Valladolid (27-5-2019) que estima la custodia compartida de un perro  en un caso de separación de la pareja. En ella se establece que los animales no pueden ser tratados como meros bienes muebles, sino que son “seres dotados de sensibilidad” y, por tanto, se debe “atender al bienestar del animal” cuando se ventilen cuestiones jurídicas que afecten a su propiedad, como el derecho de propiedad o el derecho de uso y disfrute.

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