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Derecho de familia ESD72

Nueva sección en la que los lectores pueden plantear las preguntas de su interés sobre Derecho de Familia, separaciones, divorcios, nulidades, los hijos de la pareja, la vivienda… Cada semana una pregunta será respondida por el despacho de abogados de Soledad Benítez-Piaya, especialista en esta materia. Puede escribirnos a valmenara@elsoldigital.es

PREGUNTA

El Juez en el divorcio me ha dado la custodia de los niños y el uso de la casa, propiedad de los dos. Como estoy atravesando una mala situación económica me he visto en la necesidad de alquilar una habitación de la casa a estudiantes. Ahora mi ex marido se ha enterado, y me ha dicho que me va a echar de la casa porque no tengo derecho a obtener un beneficio de una propiedad común, ¿puede hacerlo?

RESPUESTA

El arrendamiento de una habitación no deja de ser un acto de disposición a título oneroso y por tanto, exige el consentimiento de ambos propietarios. No obstante, la falta de consentimiento del otro propietario no hace nulo el arrendamiento. Ahora bien, las rentas que se obtengan pertenecen a ambos propietarios, por lo que puede reclamarle esa cantidad, o bien modificar las medidas económicas que se acordaron en el divorcio, al ser una nueva fuente de ingresos que no se tuvo en cuenta en el procedimiento.
Respecto a que pueda extinguirse el uso de la vivienda, no lo veo posible al existir hijos menores que son el interés más necesitado de protección.

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