Entrevista con Francisco Ruiz-Jarabo, abogado de familia en Benítez-Piaya, Marín & Ruiz-Jarabo, y juez en excedencia - El Sol Digital
Entrevista con Francisco Ruiz-Jarabo, abogado de familia en Benítez-Piaya, Marín & Ruiz-Jarabo, y juez en excedencia

Entrevista con Francisco Ruiz-Jarabo, abogado de familia en Benítez-Piaya, Marín & Ruiz-Jarabo, y juez en excedencia

Vicente Almenara.- Francisco Ruiz-Jarabo conoce el mundo del derecho desde el lado del juez que aplica las leyes y también del espacio del abogado que defiende a su cliente. Esta experiencia es importante para formarse una idea más precisa de los conflictos, y si se trata del hombre y de la mujer que se separan y tienen hijos pues queda más claro. Nuestro entrevistado dice lo que piensa aunque, como leerán, sea políticamente incorrecto pero terriblemente verdadero. Y es que no siempre, ni mucho menos, el hombre es el malo de esta película que todos los días se proyecta a los españoles.

El confinamiento al que hemos estado sometido el pasado año ha agudizado la convivencia en casa y esto se ha traducido, en algunos casos, en violencia ¿Has notado este incremento en el despacho?, ¿cómo lo valoras?

En el despacho, la verdad, es que no he notado mucho incremento. He hablado con quienes trabajan en la unidad de policía dedicada a la violencia, familia, menores, y me dijeron que, sorprendentemente, en el confinamiento del año pasado hubo un bajón de denuncias, y de todo, pero yo lo achaco a que la gente está encerrada en sus casas. Cuando una mujer denuncia, prepara una salida urgente de la casa, o alguna medida para el que se vaya a ir, pero si están confinados en casa y encerrados y no pueden o no tienen margen de maniobra se preguntarán que si denuncio dónde voy, entonces están un poco con las manos atadas. Eso es lo que me decía los policías, si yo denuncio y me voy a casa de mi madre muy bien pero y contagio algo… es un momento complicado. Cuando ya empezó a abrirse el confinamiento, allá por junio, hubo una subida, pero no muy significativa, conozco casos personales y amigos que han estado en momentos de crisis encerrados en el confinamiento con sus parejas, sus maridos o sus mujeres, y creo que ha sido muy duro, pero en cambio me dicen que la salida de la crisis o del confinamiento, que se esperaba que fuese un aluvión pues hubo un pequeño repunte al principio, pero no mucho.

¿Desde cuándo tenemos en España juzgados de violencia?

Pues desde 2004, la ley es de 2004, se empezó a trabajar a partir de ahí y, según la demarcación y planta judicial, se fue instaurando primero en las ciudades importantes. Recuerdo que, en aquella época, trabajaba en Madrid y allí se crearon unos juzgados muy cortos que se colapsaron a los pocos meses, pero entre el 2004 y 2005 se fueron creando todos.

Hasta ese año, los casos de violencia doméstica se juzgaban en el juzgado de lo Penal, como cualquier otra violencia.

Exactamente. Los juzgados de instrucción normales. Yo en aquella época estaba en un mixto en Lora del Río, en un juzgado de primera instancia e instrucción, y llevábamos todo lo que es el tema de violencia con el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal ordinaria y las aplicamos, y las medidas de alejamiento con el artículo 13, estábamos con pocos medios, claro.

Y por tu experiencia profesional, ¿qué crees que es más conveniente, una jurisdicción especializada, como ahora, o simplemente que se aplique el Código Penal?

Fuera de España no creo que haya juzgados especializados como tales, no. Tuvimos un curso en el que había jueces de otros países y se quedaron un poco asombrados, no en plan mal, sino sorprendidos de que hubiese una jurisdicción especializada para esto. La especialización a nivel de juzgados yo la veo bien pero, por ejemplo, creo que los juzgados de violencia solo se tendrían que dedicar a lo penal, el tema civil lo tendrían que llevar los juzgados de familia, porque he visto muchos desajustes. He estado en juzgados de Violencia, en juzgados de Familia y hay un cierto desajuste. Lo que siempre decimos todos  los jueces es que lo suyo sería que los juzgados de Violencia dicten la orden de protección de forma  similar a las medidas previas a la demanda y que, luego, sea el juzgado familiar el que centralice todo el tema de civil y el divorcio porque, por ejemplo, todavía hoy sigue habiendo  muchos problemas con el tema de competencias, quién es competente para esto, quién es competente para una modificación de medidas. Ha habido muchos supuestos en los que ha habido un baile de asuntos de un juzgado a otro y, al final, ha tenido que resolver el superior jerárquico, el jefe provincial, el TSJ, el Tribunal Supremo, y eso ha sido una guerra. Yo soy más penalista que civilista, me dedico más a esto porque me gusta más lo penal y he visto muchos casos en los que el tema civil lo he dejado bastante de lado, es como un tema secundario, cuando yo creo que si hubiese un buen tema civil y un buen desarrollo procesal y una buena tramitación rápida de los procedimientos de separación y divorcios, seguro que sería menor la conflictividad y disminuiría la violencia.

Las leyes de género tienen una carga ideológica importante que no podemos desconocer.

Sí, cuando estuve en Violencia y cuando me planteé el salto al juzgado de Familia de Málaga era por eso, por la carga ideológica. Cuando decían, por ejemplo, que la denuncia falsa no existe…, vamos, estoy en un juzgado de Violencia y sé lo que veo a diario. La carga ideológica de la última reforma es importante, se dice que basta la denuncia de la mujer para quitar las visitas, así automáticamente. Lo que me da miedo es lo que se conoce como la teoría del péndulo, radicalizando todo de una manera muy peligrosa y llevando esta sociedad muy lejos de pacificar las familias. Está muy bien que haya que luchar contra una lacra, pero se está crispando a la población y se está radicalizando todo de una manera que no va a ser nada bueno, lo malo es que nadie se atreve a decirlo. A mí, por ejemplo, esto que digo pues va a salir gente y me van a linchar, pero es que yo lo he visto. He trabajado 15 años en Familia, de esos quince años dos años y medio en Violencia y es un poco frustrante, estamos intentando trabajar para arreglar todo esto pero vemos que se está fomentando una determinada actitud y una determinada utilización de las denuncias en la jurisdicción de Violencia para coger atajos y eso lo sabe todo el mundo, pero nadie lo dirá.

Porque una mujer que se oponga a la custodia compartida, con la presentación de una denuncia por Violencia paralizaría ese proceso hasta que no se sustanciara en el juzgado de Violencia. Un truco perverso.

Eso es muy habitual. Por ejemplo, cuando estaba en las guardias me decían que llega un señor detenido por una emergencia que a mí me parecía de muy poco peso, entonces cuando tomaba declaraciones a los dos preguntaba primero por los hechos denunciados y luego le preguntaba ¿están ustedes en trámite de separación?, y me decían sí, y le preguntaba ¿ha pedido usted la custodia compartida, verdad?, y me decía sí. Hay un montón de veces que me dicen eso. Fui a una conferencia a una localidad, no diré cuál, y me decían que había una abogada con nombre y apellidos que cada vez que tenía un procedimiento de divorcio el cien por cien de las veces ella ponía la denuncia y, claro, están todos los compañeros que…, el problema es ese, que se instrumentaliza terriblemente el derecho. A mí me han dicho muchas maltratadas que no quieren ir a denunciar para que no se diga que soy la que busca el problema. Hay un momento en el que los árboles no dejan ver el bosque, y eso es triste. Yo he visto a una amiga que me comentó que su marido le dio una bofetada y que estuvo sentada en la cama dos horas, pero me dijo que no quería ir a poner una denuncia, se está radicalizando tanto que dice que no quiere ir y, sin embargo, yo les digo que a la mínima tienen que denunciar porque si tú no denuncias esto no para.

Ahora hay una reforma de las leyes acerca de la identidad de género y aquellos que se consideran mujer y no lo son biológicamente, por ejemplo, podrían esgrimir también su supuesta condición para que la normativa que ampara a la mujer les beneficie. Esto va a resultar muy complicado.

Creo que eso pasó en Burgos, hace uno o dos años, no me acuerdo bien. Un señor  fue denunciado y desde que acaba la instrucción hasta que se señala el juicio penal pasan meses, e incluso más de un año, y entonces el hombre compareció en el juzgado de lo penal completamente vestido de mujer, dijo que se sentía mujer y el abogado dice que entonces el juzgado ya no era competente, pero en el momento de los hechos era un hombre. Esta noticia fue muy llamativa y lo condenaron y se confirmó la condena, porque en el momento de los hechos era un hombre.

¿Crees que esta legislación ha venido para quedarse?, ¿habrá una contrarreforma?

Hay dos leyes, le Ley Orgánica 8/2021, que dice que basta la denuncia para que se les quiten todas las visitas al padre automáticamente, y yo creo que ahí puede que entre el Tribunal Constitucional. Tenemos el principio de presunción de inocencia del artículo 24 de la Constitución, que no puede faltar de esta manera tan tremenda, porque todo esto ya viene regulado en el artículo 13 y el artículo 544 ter, que dice que en situaciones de violencia se puede suspender la guarda custodia, de la tutela también se puede hablar de eso con la reciente reforma y de temas de patria potestad y visitas. Que sea lo más oportuno para los niños… con eso sí que estoy de acuerdo, el juez dice que los niños que han viso esta paliza que le ha pegado el padre a la madre pues se les suspenden las visitas, ¿Qué se puede denunciar?, absolutamente. Yo, por ejemplo, el asunto que he tenido hoy, la parte contraria inicialmente quería aplicar esta reforma para decir que el padre no viese a sus hijos. Si lo que está denunciando la madre es una cosa de bastante poco peso, es más, se ha archivado el asunto, yo creo que es demasiado drástico quitarle esos hijos al padre, si aplicamos la reforma a rajatabla la madre dice no quiero visitas, se queda el padre sin visitas, y los hijos sin un padre. Por Violencia hay un abanico muy extenso de intensidades, por decirlo así. No se puede tratar de la misma manera un caso muy intenso que un caso poco intenso, es muy complicado aplicar reglas apriorísticas y aplicarlas a rajatabla, eso puede producir un efecto rebote contrario.

¿Has tenido casos en tu vida profesional de hombres que denuncian la violencia de la mujer hacia ellos?

Sí, sí, de hecho me ha sorprendido porque había un montón de casos en el juzgado de Violencia de Málaga y denunciaba él a ella, que me ha pegado, luego aparecía ella diciendo que no, que me ha pegado él, y el que se iba detenido era él y muchas veces detienen a los dos, lo que pasa es que cuando se ven los dos detenidos y las consecuencias negativas de seguir adelante el procedimiento pues aquí hay condena seguro y entonces se acogen al derecho de no declarar para decir vamos a ir cada uno por nuestro lado, eso se da muchísimo, es un porcentaje elevado.

España no está a la cabeza en casos violencia contra la mujer y, sin embargo, la legislación es de las más represivas.

Estamos a la cola, es decir, el número de asesinatos de mujeres por sus parejas se mantiene más o menos parecido, con lo cual yo digo que si la cosa no cambia habría que adoptar otra medida, otra reforma. Se dice que hay que reformar la ley de 2004, si yo lo que quiero es evitar lo que está pasando pero… no te dejan. Estamos bastante por debajo de la media de Europa.

¿Dónde podemos encontrar datos veraces de violencia contra la mujer y contra el hombre?

En el INE, en el Instituto Nacional de Estadística manejan muy bien la Memoria de la Fiscalía. Todos los juzgados hacemos un boletín estadístico trimestralmente, los juzgados de todo tipo, mercantil, judicial, penal… y volcamos los asuntos que hemos llevado a lo largo del trimestre. Cuando yo estaba en Violencia, por ejemplo, lo hacía y se indicaban cuantos procedimientos hubo, cuantas órdenes de protección se han adoptado, cuantos alejamientos e, incluso, hay estudios sobre nacionalidad, si es extranjero, si es español y todos son datos que van directamente al  Consejo General del Poder Judicial, y luego al Instituto Nacional de Estadística.

¿Están segregados los datos por sexo?

La verdad es que nunca me lo he planteado, pero estadísticamente con los datos judiciales creo que no se recogen estadísticas  de la violencia de la mujer contra el hombre, porque en Violencia solo hay hombres contra mujeres, si es una agresión de mujeres contra hombres va a un juzgado de instrucción ordinario, salvo que esté acumulada la acción de ella contra él o hayan sido agresiones mutuas, porque si hay agresiones mutuas va a un juzgado de instrucción y si va a un juzgado de instrucción, puede ser mujer contra hombre, mujer contra mujer o incluso hombre contra mujeres cuando no sean pareja. En el boletín estadístico del juzgado de instrucción yo no creo que se haga distinción por sexo, de si es hombre o mujer, la verdad es que no lo sé.

Al final, no hay forma de tener una visión aproximada de la realidad porque sobre los hombres apenas hay datos más que condenatorios, debemos de ser muy malos.

El Instituto Nacional de Estadística, por ejemplo, recogía suicidios de hombres dentro del procedimiento de ruptura, separación y divorcio y todo eso, y se le ordenó que lo quitasen. Entramos en Google y salen también los hijos que hayan sido asesinados por sus padres y a manos de sus madres. Se ha mantenido la estadística en homicidios y asesinatos de hombres a sus hijos y se suprimió la de mujeres que matan a sus hijos porque eran dos tercios.

En el despacho, en los asuntos de derecho de familia ¿cuáles son los casos más frecuentes?

En cuanto a temas de civil y divorcio, también depende un poco de la crisis, se llevan más los procedimientos de divorcio y luego en épocas de crisis baja el número de divorcios. Es un poco lo que he dicho al principio en cuanto al confinamiento porque dicen que económicamente no me puedo separar, de estos casos hay un porcentaje enorme que no puede divorciarse por problemas económicos y piensan que si me voy de casa tengo que alquilar, o tengo que comprar una nueva casa, y con mi capacidad económica y la de mi mujer, o mi marido o ex, no lo puedo hacer, y hay un montón de parejas que están viviendo bajo el mismo techo que hacen vidas paralelas y no se hablan. De hecho, a mí me ha sorprendido ver un montón de casos de padres que viven bajo el mismo techo y que no se hablan y llevan así bastante tiempo, y también en matrimonios mayores. Pero en crisis, cuando se dice que ha bajado el número de divorcio es para la realización de modificación de medidas, por la crisis económica de 2007, fueron muchísimos al paro, fue una caída tremenda y el procedimiento estrella era la modificación de medidas.

Ahora se ha reformado también la ley en cuanto a que si el hombre considera la venta de la casa, porque era de los dos, automáticamente le van a subir los alimentos al padre, si el niño no tiene los 18 años.

Es lo que dice el nuevo artículo 96. Antes se decía que la casa se adjudicará al progenitor que tenga bajo la custodia a los hijos, y no hacía ninguna distinción de mayores o menores de edad, luego la jurisprudencia lo ha ido perfilando, la reforma lo que dice es que se mantendrá este derecho hasta que los hijos cumplan 18 años y, a partir de ahí, se extingue el derecho de uso. Los gastos de la habitación de los hijos se cubrirán con lo establecido para los alimentos, pues el artículo 149 del Código Civil dice eso. Se entenderá por alimentos, la habitación, el vestido, formación, todo en general, cuando se refiere a alimentos no solo se refiere a comida, es decir, todo lo necesario para los gastos del hijo. A partir de los 18 años se aplicará todo lo que es la habitación con arreglo a este artículo, si se extingue el uso y la madre se va con los hijos a otra casa y se mete en un alquiler, ese gasto que antes no había pues ahora sí lo hay y puede repercutir en la pensión alimenticia, pero eso lo hacíamos antes cuando declaramos ese nivel de uso y la madre era la estrella de la casa. Dentro del procedimiento de modificación de medidas si cambian las circunstancias se puede tocar la pensión y esas circunstancias que se alteran puede ser aumento o disminución de la capacidad económica de los progenitores, o de los dos, o aumento o disminución de los gastos. Si los niños han tenido un gasto de mil en total y se puso una pensión X y ahora tienen un gasto de 1.500, por ejemplo, de alquiler, evidentemente toca la pensión alimenticia.

Otro de los abusos, quizás también frecuente, es que no le interese a la madre trabajar y declarar ingresos para que recaiga el sostenimiento económico en el hombre.

Sí, eso también se hace muchas veces. Es que usted no solamente tiene el derecho a trabajar sino el deber de trabajar. Creo que es el artículo 35 de la Constitución, que se refiere a los dos aspectos, el derecho y el deber de trabajar. Yo cuando estaba en el juzgado preguntaba ¿está usted inscrita en el INEN?, me decía no, es que ni siquiera se ha molestado en inscribirse, y entonces ahí se puede poner una pensión determinada durante X tiempo y al cabo de X tiempo, bajarla, quitarla o lo que sea, pero en pensión compensatoria el Supremo lo dice clarísimo.

En la provincia de Málaga contamos con tres juzgados de Violencia y cuatro de Familia. Sin embargo, los atascos siguen, ¿este es un problema de números, de racionalización del trabajo…?

No, no es de número. Cuando estaba en Familia en Madrid tenía unos 1.400 asuntos al año, aproximadamente, y en Málaga he llegado a tener 2.397, si dividimos esos asuntos entre los 365 días me da que casi tenía que resolver seis asuntos al día, da igual con sábados domingos, eso es imposible de asumir. De hecho, uno de los motivos por los que me harté, y decidí pasarme a la abogacía, es porque en septiembre de 2020 una providencia señala el juicio para casi seis meses después, yo no puedo estar aquí, me venían los abogados y yo les enseñaba la agenda, es que no se puede. Lo que hacíamos era que si se suspendía un juicio porque habían retirado la demanda porque había mutuo acuerdo, o por cualquier causa, ese hueco lo rellenábamos con otro y así. Eso fue en septiembre de 2020, justo cuando se había creado ya el cuarto juzgado de familia,  que se creó en ese año y ahora me están diciendo los antiguos funcionarios que trabajaban conmigo que se empieza a notar un poco de alivio con la entrada del cuarto juzgado, pero me dicen también que ya está señalado juicio para julio del año que viene. Es una barbaridad, ese es el problema. En esas estadísticas de las que hablabas antes y que enviábamos al Consejo con los números de datos de procedimientos y asuntos, el juzgado mío, que era el 16, tenía unos módulos del 300 por cien, y el Consejo General del Poder Judicial hizo un estudio de unos módulos por los que si un juzgado trabaja como tiene que trabajar tendría que llegar al 100 por cien, y eso fue declarado nulo por el Supremo pero… bueno, se mantiene como baremo orientativo, el juzgado mío llegaba al 297 por cien, o sea que el juzgado mío hacía el trabajo de tres juzgados y por culpa de eso estamos asfixiados

Porque hay juzgados más grandes o más pequeños con más funcionarios y con menos, no hay un costo unitario por juzgado.

Sí, claro. Por ejemplo, de un juzgado de Vigilancia Penitenciaria me han dicho que tiene un montón de funcionarios porque es muy rápido, y el trabajo del juez es de mucho trabajo, pero el peso del trabajo está en la oficina. El mantenimiento de una sección de una Audiencia Provincial es más pequeño, un juzgado de lo Penal tiene menos funcionarios.

Y ¿cuál sería el número óptimo de juzgados en la provincia tanto en Familia como en Violencia?

Yo creo que en Familia hacen falta dos más, hice el cálculo cuando en Madrid teníamos 1.400 y se trabajaba bien, hombre, tenías retraso, pero tenías cierta flexibilidad de hacer las cosas mucho mejor. Por ejemplo, las notificaciones de los convenios rurales las hacía yo en sala con el fiscal al lado, era una gozada, ahora no puedo, pero me han dicho mis compañeros y el decano que harían falta dos más. En Instancia, harían falta cinco o siete más, en Violencia, por ejemplo, está bien el número de tres, pero quieren comarcalizar, crear un cuarto juzgado para absorber Vélez Málaga por un lado, Antequera por otro,  no sé si Torremolinos, quieren ampliar un poco el partido judicial y comarcalizar para crear un cuarto juzgado, si se quiere absorber más poblaciones harían falta más juzgados.

¿El número de jueces se mantiene inalterable, prácticamente, en el tiempo?

Todos los años hay oposiciones. La verdad es que se crean muchas plazas de refuerzos, los jueces de adscripción territorial quedan a disposición del Tribunal Superior de Justicia, están destinados en la provincia y dentro de ésta los pueden mandar donde diga el presidente del Tribunal Superior de Justicia. Todos los años se crean unas plazas, pero las quejas de los compañeros no son tanto por el número de jueces como por el número de juzgados, porque España en proporción al número de juzgados por población siempre nos ponen en relación con Alemania unas tres veces menos, una barbaridad.

En el despacho cuando tenéis un cliente, ¿qué procedimiento seguís, o cuál es el método?, primero se escucha el planteamiento de ese cliente, el problema de esta persona que se ha acercado al despacho, o se le da inmediatamente una guía orientativa de qué hacer…

En la primera cita se le escucha y se le pregunta qué es lo que quiere, si es un procedimiento de divorcio, por ejemplo, y nos cuenta el caso. En la primera cita ya preguntan sobre qué posibilidades tengo. Esto es muy complicado y no se puede decir así,  pero lo primero es un arropamiento, llega la gente muy rota. La gente que llega pues antes ha intentado arreglarlo y cuando no ha podido pues se plantea ir al abogado. Exponen el caso y se les da una pequeña orientación, según los casos, o se le exponen la medidas cautelares urgentes del artículo 158 del Código Civil, o que hay que hacer otro tipo de procedimiento que sea más rápido… Otro asunto es meter una demanda de divorcio, y tienes urgencia porque tienes que irte a trabajar a otra localidad, por ejemplo, pues entonces solicitamos medidas previas, que es más rápido, o cualquier cosa y luego le decimos cómo actuar, pero todo esto es para evitar que estalle la familia del todo. Cuando vienen al despacho lo digo, el buen abogado de familia, cuida a la familia de su cliente, muchos vienen poco más o menos para que carguemos la bayoneta y al ataque, de nada me sirve darte todo lo que quieres si dejo a tu familia en llamas porque, tarde o temprano, te van a quemar a ti. Entonces, si yo ataco muy duro a tu ex, luego se va a defender atacando y atacando más duro y sales perdiendo tú. Yo lo decía cuando era juez, la misión de un juez de familia es apaciguar a la familia lo máximo posible, y el papel fundamental de los abogados es intentar pacificar. Hay muchos abogados que perjudican a la familia y hay jueces que perjudican a las familias con una actitud que no es muy acorde con los juzgados de Familia, es de poco tacto y de poca sensibilidad, y en algunos casos de falta de conocimiento, pero mientras no colaboremos todos me da la impresión de que el abogado ve al juez como enemigo… El sistema procesal español está basado en la beligerancia, es demasiado guerrero, por decirlo así, no se colabora en buscar soluciones pacíficas, o soluciones extra-judiciales, etc. Se habla de la mediación, del coordinador de parentalidad y todo eso, pero si el procedimiento base sigue siendo el de  controversia, demanda, guerra… la gente no se va a pacificar y ese es el problema.

 

 

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