El pleno del Tribunal Constitucional ha dictado una segunda sentencia en la que avala la polémica Ley de Seguridad Ciudadana aprobada por el PP en 2015, conocida como ley mordaza. El TC rechaza el recurso presentado por el Parlamento catalán contra cinco de sus artículos y su primera disposición final. Así se considera infracción grave cualquier alteración en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales y oficios religiosos, así como reuniones a las que asistan numerosas personas, siempre y cuando no sean delito penal.