La reforma del artículo 94 del Código Civil no entrará en vigor hasta el próximo 3 de septiembre, pero su redacción ya ha alertado a abogados, jueces y, en general, a ciudadanos contrarios a las políticas de género.
En la recientemente aprobada Ley 8/2021, publicada en el BOE el pasado 3 de junio, se modifica el tratamiento del régimen de visitas si existe un procedimiento abierto por violencia contra uno de los dos cónyuges. El nuevo precepto fija que: «No procederá el establecimiento de un régimen de visita o estancia, y si existiera se suspenderá, respecto del progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos”. Nuevamente, la presunción de inocencia del hombre se viola y se elimina la autonomía judicial para decidir, satisfaciendo así al lobby feminista.