Las entidades bancarias poseen unos balances en los que sus recursos propios son tan solo un pequeño porcentaje sobre las inversiones, muy al contrario de lo que ocurre en cualquier otro sector económico.
La inversión realizada posee una determinada rentabilidad y un retorno de ésta al balance bancario. Pero, normalmente, este retorno es a largo plazo. Véase, por ejemplo, los créditos hipotecarios. Por ello, el crecimiento de las entidades financieras se encuentra muy comprometido y, máxime, si poseen impagos debido a la mala calidad de las inversiones concedidas.
Para poder crecer, la banca necesita de recursos ajenos. Estos provienen, principalmente, de recursos de clientes (captación de depósitos) y de recursos provenientes de los mercados financieros (créditos, bonos…).
En muchas ocasiones, sobre todo cuando la entidad bancaria se encuentra con dificultad para captar financiación externa y sus inversiones no poseen rentabilidad suficiente, la banca utiliza un sistema, permitido por el Banco Central Europeo, que es la venta de sus activos (créditos concedidos) a un tercero. A esta operación se la denomina titulización. De esta forma la banca capta liquidez.
La entidad vende a un tercero, normalmente un fondo de pensiones o un fondo de titulización de activos, una parte o la totalidad de sus créditos, normalmente a un precio inferior al que posee en su propio balance.
Esta operación se realiza en escrituras publicas, pero posee varios problemas:
- Las escrituras publicas no llegan al registro de la propiedad normalmente, por lo que, además de no pagar los impuestos obligatorios, los créditos siguen estando a nombre de la entidad aunque no sean, de hecho, suyos.
- Algunos de esos fondos no tienen personalidad jurídica con lo que no pueden exigir el pago de sus créditos a los acreedores y la entidad bancaria actúa de intermediario cobrándoles directamente y abonando al fondo una parte de ese cobro, tras detraer sus comisiones y gastos por la operación.
Hasta aquí, todo parece perfecto, aun a pesar de los vericuetos legales que se utilizan. Una operación bancaria para conseguir liquidez necesaria.
Pero, ¿qué ocurre de hecho con los créditos y los avales asociados a ellos que han sido titulizados y que ya no son propiedad de la entidad financiera? Pues que en las reclamaciones judiciales la banca utiliza la inscripción registral, a su nombre, para realizar la reclamación, que hace en su propio nombre y derecho, a pesar de no ser los propietarios de los créditos. Pero es que, además, los avales, al haber sido vendido el crédito, la entidad no tiene capacidad para exigirlos, como ya se ha visto en numerosas sentencias.
Para que se dé delito de estafa en nuestra legislación, se necesita que se den dos supuestos a la vez: 1) Que exista beneficio económico de parte y 2) que exista falsedad o dolo, como se denomina.
Por ello, desde el punto de vista de este economista observador, cuando una entidad bancaria actúa contra un acreedor sin ser propietaria real de un crédito, aunque sea propietaria registral, está cometiendo un presunto delito de estafa al exigir unas cantidades, incluso mediante embargos solicitados al juzgado, sobre unos créditos que no son suyos, por lo que está engañando a su acreedor, y por ende, al propio juez al no informarle de la realidad. Además, la mayoría de las cesiones de créditos se realizan sin cumplir la actual legislación que obliga a la entidad a notificar al hipotecado de la venta y del precio de la misma concediéndole un derecho de tanteo y de retracto sobre la operación realizada.
Las titulaciones están creciendo en España, según Moodys, del orden del 54 por ciento en el último año, estimándose que el saldo vivo actual ronda los 165.000 millones de euros y ello, a pesar de que el BCE tiene abierta la ventanilla de compra de bonos y deudas de las entidades bancarias, eso sí, exigiendo unas garantías a cambio. Sería interesante investigar las razones por las que se usa la titulización y no el BCE.
Otro caso interesante a estudiar seria comprobar si los créditos titulizados siguen en el balance de la entidad y a que valor se encuentran y si fueron provisionados. Un ejemplo de esto es la operación del fondo Blakstone, a través de Anticipa, que adquiere activos de Cataluña Banc por valor superior a 6.000 millones de euros en no mas de 365 millones de euros. Ciertamente, la entidad consigue liquidez para seguir operando, pero si no reconoce en su balance la operación que supone una perdida cercana a 5.650 millones de euros estaría falseando las cuentas de la entidad cometiendo, además, un presunto delito de manipulación contable.
Como parece que aquí está todo pensado para el engaño, es posible analizar la mayoría de las escrituras de titulización, a fondos de titulización registrados, que se realizan ante notario. Muchas de ellas se encuentran depositadas en la CNMV. Son escrituras de mas de 300 paginas donde se recogen los créditos titulizados mediante fotocopias como anexo a las mismas. Fotocopias de imposible lectura tanto por la pequeñez de las letras como por la calidad de la fotocopia. Y, cuando se le solicita a la CNMV si un crédito se encuentra titulizado, su respuesta es que ellos no tienen esa base de datos, que se dirija usted a la entidad. Si se dirige a la entidad está dará la callada por respuesta, eso sí, seguirá exigiéndole judicialmente que pague sus créditos o sus avales, aun a pesar de conocer que no son de su propiedad.
¿Qué ocurriría si Luxemburgo, tal y como solicitaron algunos jueces españoles (Vigo y Barcelona), sentencia que estas titulizaciones son ilegales y hay que revertirlas porque no han cumplido la normativa vigente? Posiblemente, un nuevo boquete en muchas entidades financieras y en bastantes fondos. Y, ¿qué ocurriría si un cliente demandado por una entidad bancaria sobre un crédito titulizado pusiese una querella por estafa al presidente de la entidad financiera? La prueba en estos casos se encuentra en manos de los jueces. Pues que, en ambos casos, terminaríamos con una nueva mentira de las entidades financieras que parecen querer jugar en lugares privilegiados a base de engaños al sistema.