Vicente Almenara.- El pasado 17 de enero, el invitado de la Tertulia del Congreso de Málaga a su tradicional almuerzo coloquio -en esta ocasión en el restaurante Beluga de Málaga- fue Ricardo Puyol Sánchez, recién nombrado director de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción. Las esperanzas puestas en este órgano autonómico son muchas dada la alta y grave incidencia de la corrupción en el territorio andaluz, otra cosa es el escepticismo que también existe sobre los límites que la propia Administración permita a quienes investigan. El tiempo lo dirá. Ricardo Puyol, juez de lo penal en Málaga hasta hace poco y también con experiencia en Marbella, se enfrenta a un importante reto que nos afecta a todos y a la salud del sistema democrático.
“Es muy novedoso en Andalucía, pero realmente desde el punto de vista jurídico internacional la previsión de este tipo de instrumentos por parte de las Administraciones Públicas es una previsión que tiene aproximadamente unos 25 años. Ya desde el año 1997 y 1998 hay resoluciones del Consejo de Europa instando a los países miembros de la Unión Europea para que formalicen la creación de instituciones que, de una u otra forma, trataran de articular sistemas de prevención de la corrupción. Pensad que la corrupción es una lacra que debilita, como tiene dicho ya Naciones Unidas, la credibilidad de la sociedad en las instituciones democrática y, evidentemente, genera también un problema económico, vinculado en primer lugar al dinero que se pierde como consecuencia de los actos de corrupción y, en segundo lugar, como consecuencia de la pérdida de confianza de inversores, por ejemplo, en el marco de instituciones corrompidas. En Sudamérica, saben muy bien de lo que estoy hablando, entre otros países Bolivia, donde estuve hace unos años. La percepción de la corrupción en términos de transparencia es elevada, se produce un alejamiento evidente de las inversiones públicas, tanto internas como externas, en ese tipo de países. Esto dio lugar, como digo, ya en el ámbito del Consejo de Europa a finales de la década de los noventa a que se promovieran numerosas resoluciones en la que se instaba a los estados miembros del Consejo a crear este tipo de instituciones; posteriormente, fue el tratado internacional de Naciones Unidas contra la corrupción, que se celebró en México en el año 2003, el que tiene dos artículos que específicamente contemplan o exhortan a los firmantes del tratado a la creación de este tipo de instituciones, concretamente los artículos 5 y 6, en los que se pone de manifiesto junto con la necesidad de incluir o de introducir elementos para la corrección de este tipo de situaciones de corrupción, claramente referidas al ámbito del Derecho Penal, la necesidad de integrar tipologías penales eficaces para poder articular un sistema de reproche penal y crear órganos jurisdiccionales de carácter especializado que, al igual que los juzgados de denuncias de género, por ejemplo, tengan una funcionalidad específica en el reproche penal de este tipo de conducta, pues ya Naciones Unidas señala la necesidad de incorporar al ámbito de la Administración, fuera de la jurisdicción, instrumentos que permitan a las personas que forman parte de la Administración un canal de denuncia para alertadores. Es el caso, por ejemplo, del marco de la organización administrativa de un ayuntamiento, en el que se detecta cualquier tipo de irregularidad o de corrupción, y es la posibilidad de articular un canal externo a la propia institución y que se dote de una protección que refuerce la figura del anonimato de esa persona y que, en su caso, dé una información veraz y que esa información quede plenamente protegida. Como digo, esto se empieza a producir de manera masiva en todas las resoluciones de Naciones Unidas desde el año 2003, por el convenio de México, y posteriormente la Unión Europea tiene importantes recomendaciones a todos los países integrantes para que articulen este tipo de instrumento.
Con carácter más próximo al tiempo de creación de la Oficina, pues tenemos la Directiva 1937 del año 2019 de la Comisión Europea. La directiva es una normativa internacional de la Comisión Europea que tiene que ser implementada, traspuesta, a través de una norma interna, y si no se hace la Unión Europea impone sanciones. Esa directiva, junto con la exhortación a todos los países que no tienen este tipo de instituciones, integra ya todo un régimen jurídico de protección de la persona denunciante, el alertador, y en este marco jurídico internacional es en el que desde el año 2008 en Cataluña, y posteriormente Valencia y Baleares en los años 2015 y 2016, respectivamente, vienen a crear agencias parecidas. La función de la agencia o de la oficina anticorrupción ¿cuál es? Pues tiene muchísimas funciones, yo las tengo clasificadas en tres grandes grupos. En primer lugar, tiene funciones de investigación, funciones investigativas, en el marco de la investigación no se puede solapar nunca con la función jurisdiccional, es decir, desde que un órgano judicial o una fiscalía inicia una investigación de carácter penal la Oficina tiene el deber para con la autoridad judicial competente de ceder todo el material inculpatorio que, en el marco de esa investigación, haya podido ir recopilando. En segundo lugar, tiene funciones de carácter preventivo que, para mí, son las más importantes y que se articulan a través de varios sistemas, sistemas de formación en todas las Administraciones, y tengo dadas ya instrucciones a mis colaboradores para que inicien una programación específica con distintos organismos, el Instituto Andaluz de Formación Pública, al efecto de que integre ya todo el programa de formación de la función pública con este tipo de programas en los que se da a conocer la Oficina y se pongan en conocimiento de los funcionarios públicos la existencia de la Oficina con las funciones propias de una oficina de este tipo, sobre todo enmarcada en el ámbito de la protección de la persona alertadora o de la persona denunciante. Junto con estas funciones de carácter preventivo en el marco de la formación, evidentemente, tendremos funciones preventivas ya a nivel institucional y que comienzo este miércoles con varias reuniones con los organismos autónomos con los que habrá que conveniar, concretamente el miércoles me reúno con la presidenta de la Cámara del Tribunal de Cuentas de Andalucía y con el presidente del Consejo Económico y Social a los efectos de iniciar los trámites para evaluar la posibilidad de realizar un convenio de colaboración. La idea que tiene la dirección es ir reiterando este tipo de reuniones con todas las instituciones que pueden estar vinculadas, tanto en el marco de la Administración institucional como en el marco de la propia Administración de la Junta de Andalucía. Junto con las funciones de investigación, prevención y formación, la Oficina volcará su atención en la protección de la persona denunciante. La ley 2/21, de 18 de junio se titula de la Oficina o de la ley contra el fraude y la corrupción en Andalucía y la protección de la persona denunciante, con ello el legislador ha querido hacer hincapié en la necesidad de articular sistemas jurídicos eficaces dentro del marco de la Administración para la protección de la persona que denuncia. Como todos nos podemos imaginar, en Andalucía, lamentablemente, ha aparecido la lacra de la corrupción, caso EREs, los cursos de formación… hay más de una decena de personas que solicitaron en los órganos jurisdiccionales la protección, la aplicación del artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y artículos vinculados a la adopción de todo el régimen del derecho cautelar en el marco del proceso penal. Lo que sucede es que el marco del Derecho Penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal es una ley muy antigua y no tiene unos sistemas de protección que sean absolutamente eficaces desde la perspectiva de la Oficina, y así lo dice la Directiva 1927/2019, y va a cumplir una función primordial en el marco de establecer sistemas de protección lo más eficaces posibles a la persona del funcionario público que denuncia cualquier acto de corrupción, y en ese marco es en el que la Oficina se va a mover primordialmente. De hecho, también tengo impartidas instrucciones a la dirección adjunta de la Oficina a los efectos de establecer un sistema óptimo de posibles cautelas que se puedan adoptar respecto de personas que en un momento determinado pues deciden denunciar un acto de corrupción y que no encuentran el amparo suficiente, o con carácter previo a que el asunto quede judicializado. Es la necesidad de que por la propia Administración se reciba la protección adecuada frente a posibles actos de hostigamiento dentro de la organización a la que estas personas pertenecen”.
“¿En qué fase se encuentra ahora mismo la creación de la Oficina? La Oficina está constituida desde que se promulga la ley en el Boletín Oficial del Estado el 2 de julio de 2021, el pasado año. A mí se me nombra en segunda votación el 14 de octubre y el día 20 de octubre tomé posesión, llevo aproximadamente dos meses y medio escasos. En este periodo de tiempo, la Oficina se ha dedicado a establecer su funcionamiento interno, que ya está prácticamente terminado, y va a pasar a la Mesa del Parlamento para su aprobación. El 27 de enero presentamos la Oficina aquí, en la UMA, vendrá el vicepresidente de la Junta de Andalucía y la presidenta del Parlamento. El presupuesto lo acabamos de elaborar esta mañana en una reunión que he tenido y se va a presentar, probablemente, a final de esta semana. El jueves se hará el registro oficial tanto del reglamento como de la relación de puestos de trabajo y del propio reglamento de funcionamiento interno, una vez que se haya aprobado por parte de la Mesa del Parlamento y estaré a expensas de la dotación efectiva de medios por parte de la Junta de Andalucía. Yo espero que una convocatoria de elecciones anticipadas pues no dé lugar a que esto se demore más tiempo”.
“Según Transparencia Internacional, lo que es la percepción de corrupción España está en un puesto muy atrasado. La sociedad española tiene en mente que sus instituciones no son todo lo transparentes o todo lo puras que debieran ser, estamos en el puesto número 62 en el ranquin internacional. Ese puesto, la verdad, es que mejora, según las estadísticas que tiene Eurostars, con la propia Oficina contra el fraude de la Comisión Europea, que todos los años hace una serie de recomendaciones para mejorar esa transparencia, y entre ellas nos sigue exhortando a que esta figura, la Oficina, que se encuentra ya creada en Baleares, Cataluña y, actualmente, en Andalucía, se vaya exportando al resto de comunidades autónomas, de ahí que se pueda crear una oficina antifraude a nivel nacional. Pensad que Andalucía tiene una Administración Pública con cerca de 300.000 funcionarios, es la Administración más importante en términos cuantitativos y cualitativos de todo el país y sirve, como todos sabemos, a nueve millones de personas. Son ocho provincias, el número de ayuntamientos se dispara a 797; es decir, Andalucía cuenta con el 12 por ciento de los ayuntamientos de toda España. El ámbito competencial de la ley abarca toda la Administración, no solamente la Administración institucional sino también la Administración general de la Junta de Andalucía, la Administración de todos los ayuntamientos y de las diputaciones provinciales y, como digo, desde esa perspectiva el papel que va a jugar la Oficina andaluza contra el fraude va a ser importante. Por cierto, ya tenemos logotipo. ¿Por qué va a ser importante?, porque el experimento de Andalucía va a ser aquél que se asemeje por potencialidad o por número de funcionariados afectados, por número de instituciones que se encuentran concernidas por el ámbito subjetivo y objetivo de aplicación de la ley, a la de nivel nacional. Cuando se constituya la Oficina nacional, evidentemente, no se van a fijar en Baleares, ni en Valencia o Cataluña, pues tampoco llega al nivel de exigibilidad desde el punto de vista de su ámbito de aplicación, por tanto, yo creo que Andalucía desde esa perspectiva va a jugar un papel muy importante.
Los próximos meses ¿qué va a hacer el director de la Oficina? Se va a dedicar, fundamentalmente, a iniciar los trámites de conformación de un sistema óptimo de procedimiento de todas las funciones que tiene la Oficina, y para eso tenemos que embarcarnos en el ámbito de concertar convenios de colaboración con los sistemas informáticos, incorporar un sistema informático eficaz y dotar de efectiva protección al anonimato de las personas que denuncian y, sobre todo, este director se va a dedicar a publicitar la Oficina en todas las administraciones para darla a conocer e intentar recabar el mayor número de denuncias posibles. La figura de la Oficina va a jugar un papel relevante en el marco de la protección de la alerta. Hemos pasado de la toga, cuando jugábamos en el ámbito de la represión, al ámbito de la corrección, paso a funciones más de prevención. Cuando me preguntan, pues digo que he pasado de ser un cirujano que se dedicaba a la cirugía invasiva, y que trataba de eliminar el cáncer, a la medicina preventiva. Vamos a dedicarnos, por tanto, a introducir elementos o instrumentos de prevención que permitan dar una adecuada satisfacción a una administración moderna, democrática y occidental que cuenta con esta Oficina”.
TERTULIANO: ¿Qué dotación económica y de personal va a tener la Oficina y cómo se va a estructurar?, ¿va a tener sede en Sevilla y en la provincia?
PONENTE: Hemos introducido ya una norma reglamentaria, que está pendiente de aprobación, pero que espero que se materialice pronto. Dependiendo del volumen de asuntos que vayan registrándose, la posibilidad de crear una subsede de la Oficina de las cuatro provincias orientales pues se plantearía, aunque la presidenta ya me ha anunciado que le gustaría que estuviera en Almería.
TERTULIANO: La oficina no es un órgano jurisdiccional y, por tanto, no puede contar con el auxilio de la Policía Judicial, ¿es así?
PONENTE: Sí puede contar con el auxilio de la Policía Judicial, la situación más similar es la de la Inspección de Trabajo. Me explico. En el ejercicio de la función de investigación, los funcionarios de la Oficina tienen a toda la Administración andaluza y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen el deber de colaboración con la Oficina. Es decir, la Oficina tiene plena función de investigación en el sentido de que puede practicar registros, y puede requerir para la aportación de documentación en el marco de la investigación que se haya iniciado, y poder citar a declarar con abogado respecto a la persona a la que se dirige la denuncia. Todo este tipo de funciones, es cierto, que no se pueden solapar con la jurisdiccional, es decir, desde el momento en que la dirección contemple la posibilidad de que la denuncia o los hechos que han sido objeto de denuncia tienen virtualidad jurídico-penal tiene que recopilar ese material y puede iniciar la investigación, pero inmediatamente después tiene que ponerlo en conocimiento de la autoridad fiscal, que será ya la que desarrolle toda la investigación, incluso en el marco del desarrollo de la función jurisdiccional. Sí que tenemos funciones de protección de la persona denunciante. Es decir, incluso ya iniciado el procedimiento penal la Oficina abarcará todas las funciones propias de un órgano de protección de la persona que haya dado inicio al procedimiento, en este caso penal, pero las funciones son plenas, igual que la de los inspectores de trabajo cuando llegan a revisar una obra y pueden auxiliarse en la Policía Judicial.
En relación al presupuesto, vamos a empezar con ocho funcionarios y dos subdirecciones, una de investigación y otra de protección de la persona denunciante, y actualmente vamos a contar con una funcionaria que hará las funciones de mi secretaria, son funcionarios de Justicia.
TERTULIANO: Has dicho que la Oficina más antigua es la de Cataluña, de 2008, esta da la pauta para las demás.
PONENTE: Uno de los directores tuvo un incidente muy grave con Rufián en el Parlamento porque fue al que le pillaron en unas escuchas con el antiguo ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, y de hecho tuvo que dimitir, y también un compañero de carrera que estaba allí. Entonces, tuvo un mal comienzo, la verdad, ahora parece que las cosas están mejor, el año pasado, concretamente, registró Cataluña 420 denuncias y tiene una decena de personas protegidas. Sobre todo, tiene denuncias en materia de irregularidades en el plano urbanístico municipal. En cuanto a la denuncia, la Oficina puede realizarla de oficio si tiene conocimiento o noticia de ello a nivel autonómico.
TERTULIANO: De oficio, por ejemplo, en todas las auditorias que ha realizado la Junta de Andalucía en empresas públicas, fundaciones etc., las agencias ¿vosotros tenéis competencia para indagar sobre estos informes que se han realizado por parte de la Junta?
PONENTE: Si están judicializadas, no.