Treinta y cinco asociaciones de Custodia Compartida reclaman al Defensor del Pueblo que interponga recurso de inconstitucionalidad contra el real decreto 9/2018 del Gobierno socialista - El Sol Digital
Treinta y cinco asociaciones de Custodia Compartida reclaman al Defensor del Pueblo que interponga recurso de inconstitucionalidad contra el real decreto 9/2018 del Gobierno socialista

Treinta y cinco asociaciones de Custodia Compartida reclaman al Defensor del Pueblo que interponga recurso de inconstitucionalidad contra el real decreto 9/2018 del Gobierno socialista

Treinta y cinco organizaciones se han dirigido por escrito al Defensor del Pueblo para que éste haga uso de su potestad de interponer un recurso de inconstitucionalidad contra el RD 9/2018, de 3 de agosto de 2018. Desde este colectivo de asociaciones defensoras de la custodia compartida, de los derechos de los niños y de una ley de violencia intrafamiliar que proteja a todos los miembros de la familia, sin excepción, frente a cualquier tipo de violencia, entienden estas asociaciones que el citado real decreto vulnera los preceptos fundamentales de la Constitución española, no sólo en su contenido legislativo discriminatorio, sino en la forma legal que se ha utilizado para legislar. El artículo 86 de la Constitución permite el uso del real decreto apelando a la “extraordinaria y urgente necesidad” de las circunstancias sin que de ningún modo en este caso esté concurriendo la necesidad de urgencia. El citado real decreto ha sido aprobado un viernes 3 de agosto, justo antes de comenzar el periodo vacacional parlamentario para intentar soslayar discretamente el abuso legislativo que se estaría cometiendo.

“Con la excusa de la urgencia se ha legislado para modificar a golpe de decretazo el propio articulado del Código Civil -algo que no ha sucedido nunca en los 200 años de historia de este compendio de leyes reguladoras de la sociedad-“, se dice en el texto, y se añade que con esta aprobación quedan recortados aspectos importantísimos de la patria potestad, que podrá limitarse en el padre sólo por la palabra de una mujer que se diga maltratada, sin mediar ninguna intervención de la Administración de Justicia y siendo suficiente el informe favorable de un funcionario o asistente social. Esta norma convierte de hecho a los servicios sociales de los diferentes ayuntamientos en tribunales competentes en asuntos de familia, usurpando esa función a la propia Administración de Justicia. Cuatro asociaciones de jueces han alertado de manera unánime contra esta usurpación de funciones.

El real decreto también se refiere al reconocimiento de la situación de mujer maltratada, haciendo innecesaria la intervención de la Administración de Justicia, ya que es el mero informe emitido por un funcionario municipal, asistente social o “cualquier otro título” lo que adquiere carta de validez. Este “título” dará pleno acceso a cualquier mujer a toda una batería de ayudas sociales y económicas con el único requisito de su palabra. Lo más terrible es que el hecho de reconocer a una mujer como maltratada, implica asignar automáticamente a un hombre el rango de maltratador, lo cual acaba definitivamente con los restos de presunción de inocencia que podrían quedar en este duro sistema discriminatorio, en opinión de las asociaciones firmantes de la carta.

Además de vulnerar principios fundamentales de la Constitución española el real decreto “está fomentando con dinero público el uso de la denuncia indiscriminada, perjudicando los intereses de la verdadera mujer maltratada que queda así completamente desprotegida y con acceso mucho más limitado a los recursos económicos que le podrían resultar necesarios”, se lee en el texto.

“Interpretamos -termina el texto- que el RD 9/2018 vulnera varios artículos de la Constitución española, como el artículo 14, sobre la igualdad, el artículo 24 sobre el derecho a un juicio justo y a la presunción de inocencia, o el artículo 26, sobre la prohibición de los tribunales de honor, que es de hecho en lo que se van a convertir los servicios sociales municipales”.

 

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